- Certificado Notarial Personal:
Los Certificados Notariales Personales son certificados electrónicos reconocidos conforme a la Ley 59/2003 de Firma Electrónica.
Se usan exclusivamente para la firma electrónica reconocida de documentos o mensajes, garantizando la autenticidad del emisor, el no repudio de origen y la integridad del contenido.
Los Certificados Notariales Personales son emitidos a personas físicas previa identificación y autenticación ante el Notario que actúa como Autoridad de Registro de ANCERT (Agencia Notarial de Certificación). Se utilizan sólo tarjetas criptográficas como único soporte de los certificados.
El Notario solicitará al interesado la siguiente documentación:
- Documento nacional de identidad/pasaporte o cualquier otro medio admitido en derecho, siempre que contenga al menos la siguiente información:
- Nombre y apellidos.
- Lugar y fecha de nacimiento.
- Número de Identidad reconocido legalmente.
- Otros atributos del Solicitante.
- Dirección de correo electrónico (E-mail).
- Domicilio.
- Para acreditar el atributo que, en su caso, desee el Solicitante incluir en el Certificado, se aportará el Documento oficial o auténtico del que deriva dicho atributo (pertenencia a un colegio profesional, un cargo público, titulación, etc.).
El coste del certificado es de 120€ (IVA no incluido). Este importe se abonará en la Notaría en el momento de formalizar la emisión del certificado.
Periodo de validez del certificado electrónico: 3 años.
- Certificado Notarial Corporativo:
Los Certificados Notariales Corporativos son emitidos a personas jurídicas previa identificación y autenticación ante el Notario que actúa como Autoridad de Registro de ANCERT. Se utilizan tarjetas criptográficas Módulos Hardware de Seguridad (Hardware Security Modules - HSM) como únicos soportes de los Certificados.
El Notario solicitará al Solicitante la siguiente documentación:
- Documento nacional de identidad/pasaporte o cualquier otro medio admitido en derecho, siempre que contenga al menos la siguiente información:
- Nombre y apellidos.
- Lugar y fecha de nacimiento.
- Número de Identidad reconocido legalmente.
- Otros atributos del Solicitante.
- Escritura original de donde derive la representación del Solicitante de la persona jurídica con expresión de sus facultades y su vigencia, inscrita en su caso en el Registro Mercantil, en caso de que se trate de una sociedad española, o en la oficina de registro equivalente en el caso de sociedades extranjeras.
Además, respecto a la persona jurídica, el Solicitante deberá facilitar la siguiente documentación:
- Documento oficial o auténtico del que deriva el atributo del Solicitante cuando se desee que el Certificado lo recoja (pertenencia a un colegio profesional, un cargo público o su titulación).
Además, respecto a la persona jurídica representada, el Solicitante deberá facilitar la siguiente información:
- Escritura original de constitución de la persona jurídica inscrita en el Registro Mercantil, en caso de que se trate de una sociedad española, o en la oficina de registro administrativo equivalente en el caso de sociedades extranjeras.
- NIF o número de identificación fiscal equivalente en caso de sociedades extranjeras.
- Domicilio.
- Dirección de correo electrónico (E-mail).
El coste del certificado es de 140€ (IVA no incluido). Este importe se abonará en la Notaría en el momento de formalizar la emisión del certificado.
Periodo de validez del certificado electrónico: 3 años.
- Certificado Notarial Servidor Seguro:
Los Certificados Notariales de Servidor Seguro son certificados electrónicos diferentes de los certificados electrónicos definidos y regulados por la Ley 59/2003 de Firma Electrónica.
El uso de estos certificados no es para realizar firma electrónica, sino que está destinado exclusivamente para establecer comunicaciones seguras y autenticadas entre servidor y cliente SSL.
Los Certificados Notariales de Servidor Seguro son emitidos a servidores informáticos previa identificación y autenticación ante el Notario del responsable del servidor, sea persona física o jurídica.
En caso de persona física, el Notario solicitará a dicho responsable los siguientes documentos:
- Documento nacional de identidad/pasaporte o cualquier otro medio admitido en derecho, siempre que contenga al menos la siguiente información:
- Nombre y apellidos.
- Lugar y fecha de nacimiento.
- Número de Identidad reconocido legalmente.
- Otros atributos del Solicitante.
- Dominio de Internet.
En caso de persona jurídica, deberá facilitarse la siguiente documentación:
- Escritura original de constitución de la persona jurídica inscrita en el Registro Mercantil, en caso de que se trate de una sociedad española, o en la oficina de registro administrativo equivalente en el caso de sociedades extranjeras.
- NIF o número de identificación fiscal equivalente en caso de sociedades extranjeras.
- Dominio de Internet
- Escritura original de donde derive la representación del Solicitante con expresión de sus facultades y su vigencia, inscrita en el Registro Mercantil, en caso de que se trate de una sociedad española, o en la oficina de registro equivalente en el caso de sociedades extranjeras.
El coste del certificado es de 540€ (IVA no incluido). Este importe se abonará en la Notaría en el momento de formalizar la emisión del certificado.
Periodo de validez del certificado electrónico: 3 años.
Solicitud:
www.ancert.com.